Artículo Disposición transitoria décimaDisposición transitoria décima
Disposición transitoria décima.
La dotación inicial al fondo del Instituto Canario de Administración Pública será de 50.000.000 de pesetas.
Norma publicada: 30 de marzo de 1987
Resumen del Artículo Disposición transitoria décima
Artículo Disposición transitoria décima del Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria. (codigo) — Disposición transitoria décima. La dotación inicial al fondo del Instituto Canario de Administración Pública será de 50.000.000 de pesetas.
Disposición transitoria décima.
La dotación inicial al fondo del Instituto Canario de Administración Pública será de 50.000.000 de pesetas.
Norma publicada: 30 de marzo de 1987
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Disposición transitoria décima. La dotación inicial al fondo del Instituto Canario de Administración Pública será de 50.000.000 de pesetas.
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